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Convocatoria de subvenciones para el fomento del valenciano en el ámbito musical, 2022

Plazo y forma de presentación de solicitudes

La solicitud de participación es telemática. La introducción de datos en la aplicación deberá hacerse de acuerdo con los modelos y las instrucciones que se dispongan en el manual de ayuda que estará disponible en la página web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte ceice.gva.es/web/dgplgm/subvencions o sede.gva.es.

Para hacer efectiva la formalización de la solicitud hay que presentarla debidamente rellenada y firmada.

Las entidades deberán presentar una solicitud por cada proyecto y adjuntar la documentación correspondiente a cada una de las solicitudes. En caso de que se presente más de una solicitud para un mismo proyecto, la última solicitud será la única válida.

La solicitud debe rellenarse de acuerdo con las instrucciones que figuran en la plataforma electrónica y en las bases de esta resolución. La presentación de solicitudes para optar a las ayudas implica la aceptación expresa y formal de las bases de la convocatoria.

El presupuesto de la solicitud no podrá ser igual o superior al 50 % del presupuesto consignado en la modalidad a la que se presente. En caso de presentar un presupuesto igual o superior se tendrá en cuenta, a efectos de la justificación posterior, el 50 % de la cantidad de la línea menos un euro.

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la publicación de la resolución en el DOGV.

Forma y plazo de justificación

La cuenta justificativa y las instrucciones estarán disponibles en ceice.gva.es/web/dgplgm/ambit-musical.
Para registrar la documentación de justificación se utilizará el trámite telemático para aportar documentación https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18542>.

La documentación justificativa audiovisual que no pueda enviarse a través de la tramitación telemática se presentará al órgano de gestión de la subvención en el plazo que establece esta convocatoria.

El plazo para presentar la documentación justificativa de haber realizado la actividad subvencionada acabará el 5 de diciembre de 2022.

Adjuntamos publicaciones: DOGV-Resolución Fomento Valenciano Musical DOGV-Extracto Res. Fomento Valenciano Musical

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