En este apartado podrás encontrar toda la información referente a los seguros a contratar por parte de la sociedad musical y la responsabilidad civil de las personas que integran la Junta Directiva de la misma.
Si la sociedad musical está inscrita en el Registro de Asociaciones, los asociados nunca van a responder con su patrimonio de las deudas de la asociación, ya que en virtud de la inscripción se produce una separación absoluta entre el patrimonio de la asociación y el de sus asociados.
Sin embargo, el régimen de responsabilidad va a ser distinto en el supuesto de los miembros de la Junta Directiva.
Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación (junta directiva de la sociedad musical), y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones y por los acuerdos que hubiesen votado, ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.
Para cubrir dicha responsabilidad, desde el departamento jurídico de la FSMCV se aconseja contratar las siguientes pólizas de seguro a todas las sociedades musicales: