Objeto
Aprobar las bases y establecer el procedimiento de concesión directa de ayudas a las empresas, personas autónomas y otras entidades que desenrollan una actividad en la Comunidad Valenciana que hayan podido ser afectadas de alguna manera por la DANA, con el fin de cubrir los costes financieros referidos a las operaciones de financiación de inversiones y de circulante afecto a la actividad, otorgados por entidades financieras y que cuentan con aval de una sociedad de garantía recíproca, en los términos que constan en este decreto.
Plazo y lugar de presentación
El plazo para presentar las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del convenio subscrito con la entidad colaboradora y hasta agotar la dotación presupuestaria.
El procedimiento para la concesión de las ayudas objeto de este decreto se iniciará con la solicitud de la persona o la entidad interesada.
Adjuntamos documento: