Objeto
El objeto de este decreto es aprobar las bases reguladoras y establecer el procedimiento para la concesión directa de ayudas a las entidades del tercer sector de acción social que consecuencia del temporal de viento y lluvias iniciado en la Comunitat Valenciana el 29 de octubre de 2024 hayan sufrido daños en sus infraestructuras y equipamiento, que no constituyan recursos habitacionales.
Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de esta ayuda las entidades del tercer sector de acción social cuyos centros de actividad
estén ubicados en alguno de los municipios que se recogen en el anexo de este decreto y cuya infraestructura o
equipamiento haya resultado dañado o destruido como consecuencia de la dana.
Importe de las ayudas
El importe de la ayuda a conceder será el necesario para la reparación de infraestructuras e instalaciones, así como la reparación, sustitución o reposición del equipamiento, con un máximo de 20.000 euros por cada entidad afectada.
Plazo de presentación
Las entidades que soliciten las ayudas previstas en este decreto podrán presentar su solicitud en el plazo de 15
días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de este decreto.
Lugar de presentación y procedimiento
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática, a través de la solicitud y tramitación que
estarán disponibles en la sede electrónica de la Generalitat, en el siguiente enlace:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=102558
Publicación realizada el 07.01.2025