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seguros y responsabilidad civil

En este apartado podrás encontrar toda la información referente a los seguros a contratar por parte de la sociedad musical y la responsabilidad civil de las personas que integran la Junta Directiva de la misma.

 

RESPONSABILIDAD CIVIL

Si la sociedad musical está inscrita en el Registro de Asociaciones, los asociados nunca van a responder con su patrimonio de las deudas de la asociación, ya que en virtud de la inscripción se produce una separación absoluta entre el patrimonio de la asociación y el de sus asociados.

Sin embargo, el régimen de responsabilidad va a ser distinto en el supuesto de los miembros de la Junta Directiva.

Los miembros o titulares de los órganos de gobierno y representación (junta directiva de la sociedad musical), y las demás personas que obren en nombre y representación de la asociación, responderán civil y administrativamente por los actos y omisiones realizados en el ejercicio de sus funciones y por los acuerdos que hubiesen votado, ante ésta, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes.

SEGUROS A CONTRATAR

Para cubrir dicha responsabilidad, desde el departamento jurídico de la FSMCV se aconseja contratar las siguientes pólizas de seguro a todas las sociedades musicales:

  1. Seguro de Responsabilidad Civil General (sobre la actividad realizada por la sociedad musical de al menos 300.000€ de capital).
  2. Seguro de Responsabilidad Civil de LOS DIRECTIVOS en el ejercicio de su cargo (de al menos el doble del presupuesto anual de la sociedad musical).
  3. Seguro del Local Social (tanto del contenido como del continente).
  4. Seguro de la Entidad de Voluntariado (si nos hemos adherido a ella).
  5. Seguro de Instrumentos (se puede contratar para aquellos instrumentos de gran valor, pero sobre todo para cuando los instrumentos son utilizados fuera del local social, ya que en caso de robo estos quedarían cubiertos por el seguro del local si los hemos asegurado dentro del contenido del mismo).
  6. Seguro de Viajes (para aquellos viajes que realice la sociedad musical).
  7. Seguro de Accidentes para los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social de la sociedad musical.