Beneficiarios:
1. Las sociedades musicales con banda de música establecida que dispongan de escuela de educandos o de escuela de música, estén radicadas en la provincia de Castellón e inscritas en el Registro de Entidades de Carácter Cultural de la Diputación Provincial de Castellón y en la Federación de Sociedades Musicales de la Comunidad Valenciana.
2. Las escuelas de música vinculadas a una sociedad musical que cumpla los requisitos anteriores, cuando, aún siendo jurídicamente entidades distintas, vengan a constituir un único ente entre ellas, dada la relación de colaboración e interdependencia existente.
3. Las escuelas de música comarcales o mancomunadas debidamente acreditadas por la Conselleria de Cultura.
Plazo:
1 mes desde la fecha de publicación.
Bases: