Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan subvenciones destinadas a la adquisición de instrumentos musicales que tengan lugar entre el 1 de diciembre de 2025 y el 30 de noviembre de 2026, ambos incluidos.
OBJETO
Convocar la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de instrumentos musicales, en el marco de las competencias del Institut Valencià de Cultura y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados. Estas subvenciones tienen por finalidad mejorar la dotación de las asociaciones musicales sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, para enriquecer la oferta musical y la formación de calidad de los músicos valencianos.
BENEFICIARIOS
Para obtener la condición de entidad beneficiaria de estas ayudas se estará a lo establecido en la base reguladora segunda.
Así, podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones musicales que hayan adquirido o pretendan adquirir instrumentos musicales durante el periodo de la presente convocatoria y cumplan los requisitos siguientes:
- a) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria figuren inscritas en el registro que legalmente corresponda, como asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la divulgación y promoción cultural de la música, lo que se acreditará a través del correspondiente certificado.
- b) Que su domicilio social esté radicado en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
- c) Que formen parte, como entidad asociada, de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana (FSMCV) o bien que demuestren la existencia y la actividad de una agrupación musical ligada a la asociación o fundación solicitante, al menos durante
SOLICITUDES: PLAZO, LUGAR Y DOCUMENTACIÓN
Una vez publicada la convocatoria, las entidades interesadas que deseen solicitar la subvención deberán dirigir al IVC la documentación correspondiente, en los modelos normalizados que se prevean en cada convocatoria. Para ello deberán utilizar la vía telemática, a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web del IVC, por lo que la entidad solicitante o su representante legal deberán disponer de cualquiera de los certificados o firmas electrónicas que admita la aplicación de registro. El plazo de presentación de solicitudes es del 23 de febrero al 13 de marzo (ambos incluidos).
Adjuntamos bases y extracto: Bases Instrumentos y Extracto


