Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General, por la que se convocan subvenciones destinadas a la adquisición de instrumentos musicales durante los meses de diciembre de 2024 a noviembre de 2025.
OBJETO
Las presentes bases tienen por objeto regular las subvenciones otorgadas en régimen de concurrencia competitiva por el Institut Valencià de Cultura (en adelante, IVC) a las agrupaciones musicales de la Comunidad Valenciana para la adquisición de instrumentos musicales con el fin último de mejorar su dotación, enriquecer la oferta musical y la calidad de la formación de los músicos valencianos.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las agrupaciones musicales que hayan adquirido o pretendan adquirir instrumentos musicales durante el periodo de la presente convocatoria y cumplan los requisitos siguientes:
- a) Que en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria figuren inscritas en el registro que legalmente corresponda, como asociaciones o fundaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la divulgación y promoción cultural de la música, lo que se acreditará a través del correspondiente certificado.
- b) Que su domicilio social esté radicado en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
- c) Que formen parte, como entidad asociada, de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana (FSMCV) o bien que demuestren la existencia y la actividad de una agrupación musical ligada a la asociación o fundación solicitante, al menos durante los cinco años anteriores a la fecha de finalización de presentación de solicitudes de la presente convocatoria de ayudas.
SOLICITUDES: PLAZO, LUGAR Y DOCUMENTACIÓN
Una vez publicada la convocatoria, las entidades interesadas que deseen solicitar la subvención deberán dirigir al IVC la documentación correspondiente, en los modelos normalizados que se prevean en cada convocatoria. Para ello deberán utilizar la vía telemática, a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web del IVC, por lo que la entidad solicitante o su representante legal deberán disponer de cualquiera de los certificados o firmas electrónicas que admita la aplicación de registro. El plazo de presentación de solicitudes es del 10 de abril al 5 de mayo (ambos incluidos).
Adjuntamos bases y extracto: Bases Instrumentos y Extracto