Mediante la Orden 5/2015, de 23 de octubre, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la financiación de proyectos y actividades de promoción y fomento del voluntariado en la Comunitat Valenciana (DOGV 7649, 03.11.2015).
Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
La presentación de solicitudes la cumplimentará la persona representante de la entidad solicitante, exclusivamente a través del acceso a la sede electrónica de la Generalitat, accesible desde el siguiente enlace:
Este trámite también estará disponible en el enlace siguiente: http:// www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=17154
Será necesario disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana.
En el caso de presentar un certificado digital de persona física y que se actúe en representación de una persona jurídica, se deberá inscribir previamente en el Registro de representaciones de carácter
voluntario ante la Generalitat para la realización de trámites por vía electrónica.
Publicación oficial: https://DOGV-Resolución Fomento Voluntariado
Extracto: DOGV-Extracto Fomento Voluntariado